II) Legislación y Datos Políticos Interesantes.
Contenido:
1)    Caso de  Elsholz Contra Alemania,Corte de Los Derechos Humanos de Estrasburgo. 13- Julio - 2000.
2)   Convención de los Derechos del Niño. (O.N.U., 1989)
3)    Ley de Proteccion Juridica del menor. (Ley Organica Española 1/1996, de 15 de Enero de 1996).
4)    Ley 14/1999 de España. Criminalizacion del 'Maltrato'.
5)    Proposicion de Ley. Como Condenar el Pensamiento de un niño.
       (Cortes Generales de España, num. expte. 122/66).
6)    Violencia Domestica, y el Banco mundial.


1)   Corte de Los Derechos Humanos de Estrasburgo. 13- Julio - 2000.
           Caso de  Elsholz Contra Alemania, Germany   (Application no. 25735/94)
       (Fichero DOC, de word, con 137 Kbyt).

Un caso que duro mas de 8 años de Pleitos entre un Padre Aleman, y sus 'juzgados de familia' alemanes, que le prohibieron reiteradamente ver a su hijo, con opiniones del tipo de que  'no era bueno para el niño'.

Aqui en España hay muchos casos que no solo las madres, sino asociaciones feministas, intentan lo mismo.
Pues bien, el caso llego a la corte de Estrasburgo, y dicto a favor del Padre.

 'The state must enforce the observance of human rights in its domestic legal order'.

Las leyes Nacionales que impiden el contacto Padre-Hijo, violan los derechos Humanos del Padre y su hijo.
Esas leyes DEBEN adaptarse a los derechos humanos. Prevalecen estos últimos por encima de las leyes nacionales.

2)     Convención de los Derechos del Niño.
        (Creada en la ONU, el 20-11-1989, y ley, una vez ratificada, de obligado cumplimiento, no mera declaracion
         de buenas intenciones . Esta dividida en Capitulos y Articulos , como toda ley).
Ratificada por España en  1990 . Entre muchos puntos estupendos, obliga a los estados a mantener contactos padre-hijos, hasta cuando se mete al padre en la cárcel.

Pues bien, aqui tenemos leyes absolutamente inhumanas, como la ley orgánica 14/1999, que permite prohibir no solo ver a tus hijos, no solo que te echen de tu barrio, de tu ciudad, sino ni siquiera hablar con tus hijos por teléfono, o escribirles una carta, o enviarles un simple regalo. Todo ello, por denuncias anónimas de mujeres.

Vale la pena leerse esta ley Española de ahora (1999), y compararla con lo Ratificado Por España (1990, O.N.U.).

3)    Ley de Proteccion Juridica del menor. (Ley Organica Española 1/1996, de 15 de Enero de 1996).
          ( Fichero PDF de 79 Kbytes. El link es de la Diputacion Foral de Vizcaya).
Es una traslacion a España, de la anterior Convencion de los derechos del niño. De hecho, hace referencia a ella, tanto para acatarla, como para que sirva de interpretacion en caso de duda de la ley  Española.

Es una ley preciosa de leer. Y tragico de comprobar, caso a caso, como no se aplica (Salvo honrosas excepciones de jueces y fiscales, todo hay que decirlo).
 

4)    Ley 14/1999 de España. Criminalizacion del 'Maltrato'.
Esta Ley Fue aprobada en España ese año. Dada la inmensa profundidad de la maldad que se expande desde esta 'ley', transcribimos estrictamente los articulos mas representativos para que cada uno lo pueda apreciar en su real medida.       Ley aprobada en Madrid, el 9-Junio-1999.
"No canteis victoria. El vientre de la bestia aún es fecundo". Bertold Brecth.
5)  Proposicion de Ley. Como Condenar el Pensamiento de un niño.
El 9-Agosto-2000, fue presentada en el congreso de los Diputados de España, la Proposicion de Ley, 122/000066, bajo el titulo:
"Modificación del Código Penal en materia de secuestro familiar de menores e inducción del progenitor a que el menor abandone el domicilio familiar (Orgánica).".
Es una propuesta muy breve, pero tremenda. Vamos a plasmar dos articulos claves:
Artículo 223. «En las mismas penas incurrirá el progenitor que, en contra de lo dispuesto por la autoridad judicial en cuanto al régimen de estancia de los hijos con éste, no lo presentare ante la persona legalmente habilitada para su cuidado sin justificación para ello.»
Artículo 224. «En la misma pena incurrirá el progenitor que INDUZCA a su hijo menor o incapaz a abandonar el domicilio donde conviva con su guardador legal o le induzca a quebrantar el régimen de estancia establecido por decisión judicial.»


La ley NO limita el castigo a que se haya ido nuestro hijo de con la madre, sino que, directamente, PENALIZA la 'INDUCCION A ABANDONAR EL DOMICILIO DEL GUARDADOR LEGAL', aunque NO se haya ido aún.

¿Quien define QUE ES INDUCCION?. Los equipos psicosociales de los juzgados.

Si un pequeño sufre con su madre, y desea ir con su padre, y lo dice a alguna 'psicologa de asuntos sociales',   se realiza un 'informe' 'certificando induccion del menor por parte del progenitor', y al padre se le condena a la carcel.

Si el pequeñajo huye de casa de la madre, y va junto a ti, por que te echa de menos, te condenan a la carcel por 'inducirle'.

Si un dia QUE NO TOCA REGIMEN DE VISITAS, te visita, pues se aburre solo en el parque, te Condenan a carcel (Ver ultima parte del articulo 224).

Las Penas que fija esta proposicion de ley, en su articulo UNICO, varian entre 2 y 6 años.
Esta Ley ha pasado la fase de enmiendas, y nadie ha pedido la retirada de ese articulo.
La Podeis bajar, del siguiente Link (Fichero PDF de 26 Kbyt):

PROPOSICIÓN DE LEY.  122/000066 Modificación del Código Penal en materia de secuestro familiar de menores e inducción del progenitor a que el menor abandone el domicilio familiar (Orgánica).
"No canteis victoria. El vientre de la bestia aún es fecundo". Bertold Brecth.
6)     Violencia Domestica, y el Banco mundial.
Es un dato realmente curioso. Hace unos Meses, Amnistia Internacional ha publicado un report sobre la violencia contra las mujeres a nivel mundial. Hay al menos dos partes. Una es en situaciones de Guerra. Amnisitia toma como fuentes, la O.N.U., organismos de la O.N.U. como el A.C.N.U.R. Efectivamente, en las guerras las mujeres sufren violaciones. Los hombres, antes, son degollados, pero eso lo calla Amnistia Internacional.

Pero lo mas sorprendente es el segundo dato. Cita este informe:

" Según datos del Banco Mundial, al menos el 20 por ciento de las mujeres del mundo
han sufrido malos tratos físicos o agresiones sexuales."

Amnistita Internacional saca este dato de el Banco Mundial.
Esto explica bastantes cosas.

Link a la presentacion, en Amnistia Internacional, de este report:  http://www.edai.org/centro/tortura/mujeres.htm
Link al Documento en si (Es un PDF de 635 Kbyt).:           http://www.edai.org/centro/tortura/mujeres/a4000101.pdf
 
 


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